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sábado, 17 de agosto de 2019

De propietarios a miembros, el congregacionalismo bien comprendido

Por Ronal Rivadeneira, Ecuador
El congregacionalismo es el rasgo distintivo de iglesias de raigambre confesional centrada en la autoridad de la comunidad eclesiástica que identifica como miembros a las personas que establecen relaciones sociales, culturales y espirituales en la experiencia de adoración a Dios de manera regular en un lugar determinado (templo). Los parámetros del reconocimiento de esta membresía son variadas y depende de los documentos normativos[1] de cada congregación. Las iglesias congregacionales reconocen el sacerdocio de todos los creyentes (1 Pedro 2:4-5), su autodeterminación desde un liderazgo de iguales, es decir; la iglesia local pensada en comunidad como la máxima autoridad del quehacer misional y evangelizador, no como administradora de bienes y propiedades desde una noción material o como administradora de lo que se debe o no predicar de parte del pastor, sino como planificadora de las líneas de trabajo pastoral que suele y debe impulsar el pastor principal[2] de la iglesia local.

Desde estas nociones de congregacionalismo, me acerco al tema desde la sociología, también desde el bagaje de haber estado trabajando con distintas comunidades eclesiásticas Bautistas en procesos de acompañamiento y mediación. Desde el enfoque sociológico, los espacios sociales se encuentran atravesados por intenciones de prestigio; el prestigio se consigue gracias a consideraciones de acumulación de “capital simbólico”[3]. Las congregaciones son espacios sociales cohesionados por la fe, estas tienen un liderazgo que en la mayoría de los casos es el pastor, esto gracias a un capital simbólico religioso; sin embargo, otro espacio de liderazgo en el congregacionalismo son las directivas o juntas, donde los procesos de elección se dan también en función del capital simbólico religioso acumulado por una serie de factores: desde la espiritualidad genuina con un deseo de servir, hasta la manipulación instrumental con un deseo de liderar de manera jerárquica la congregación, donde elementos como el capital económico, cultural, social, son expuestos (prestigio) como elementos a elegir que rodean a los candidatos a ser elegidos. ¿Por qué ocurre esto? Lo podríamos entender desde los enunciados en relación al poder que desarrolla Foucault[4]. El poder se ejerce en toda relación social, por lo que en un espacio como la iglesia local está presente en las estructuras eclesiales (pastor, diáconos directivas, líderes de ministerios, congregación en general, personal de la iglesia, etc.) donde se administra el poder que les da sus cargos, este poder puede ser utilizado tanto para el bien como para humanamente dejar salir en espacios de espiritualidad nuestra mundanidad.

Las denominaciones evangélicas congregacionales tienen el mérito de comprender desde sus postulados teológicos que la revelación de Dios desde el relato bíblico es comunitaria[5], y por lo tanto las decisiones que toman también deben ser comunitarias, es decir, congregacionales. La pastoral es desarrollada para atender la diversidad de personas que conformamos la (ekklesía) asamblea de iglesia local, pero también a los que en su libertad no les interesa participar de estas asambleas de negocios[6]. El pastor es por lo tanto un hermano o hermana[7]con un rol específico dentro de la iglesia local, “digna de doble honor”[8] en tanto cumpla con su rol principal que es enseñar la ruta a seguir acorde las huellas de Cristo. Las decisiones en función de los grandes temas comunitarios y pastorales pasan por la puesta en acción de la democracia participativa con sus limitaciones de tiranía de las mayorías sobre las minorías[9].

Su ejercicio se desarrolla por medio de la democracia, por lo que sería necesaria la comprensión mínima de esta al momento de desarrollar las Asambleas, donde lamentablemente se tiende a olvidar con demasiada frecuencia que se tratan asuntos eclesiásticos, teológicamente hablando, asuntos del Reino de Dios; sin que ello signifique que dejemos de lado los conocimientos de las ciencias sociales en la época actual para hacer lo que quiere la mayoría. Lamentablemente se tienda a dejar de lado el apoyo de disciplinas subsidiarias en nuestro quehacer eclesiástico.[10] Los intereses por lo cargos y puestos tienden a generar hasta enemistades en la comunidad, los interés de dominación[11] de personas o facciones dentro de la iglesia que tienden a la invisibilización de la igualdad y equidad de las relaciones de aquel que nos llama a ser luz en medio de las tinieblas.

Lamentablemente las iglesias congregacionales tienden a reproducir determinadas relaciones en sus liderazgos directivos nombrados en Asambleas, los males frecuentes son las elecciones que permiten la construcción de jerarquías sociales y culturales dentro del cuerpo. La iglesia local a veces secuestrada por la “autoridad” de los fundadores que desconocen a los recién llegados los derechos de participación o de ser elegidos a cargos directivos; la elección de billeteras en vez de personas que pueden tener un corazón dadivoso, pero que en algunas ocasiones crea la percepción de que el que da al ser directivo dará más (error de la congregación), o desde el interés del que da dinero o recursos a la iglesia (error del sujeto mediado por el ego) para que le den un puesto directivo en la iglesia local. Otro de los grandes males del congregacionalismo que a su vez atasca el crecimiento eclesial es la rotación de cargos ocupados por las mismas personas (el presidente que fue el tesorero y que paso por la vocalía), situación que es peor cuando las autoridades directivas pertenecen a un mismo grupo familiar, lo cual cae en lo absurdo cuando este grupo familiar es a su vez el de la familia del pastor, convirtiendo a la iglesia local en un negocio familiar con un falso congregacionalismo. No hay que malinterpretar esto tampoco, por lo general, el pastor o pastora sirve en la iglesia local con su familia en los ministerios que esta tiene, pero por un ejercicio de ética debería no asumir cargos que se relacionen con la representación legal de la iglesia, es decir, puestos directivos.[12]

El congregacionalismo funciona en el marco de un contrato social[13]; el Estatuto, el reglamento y las resoluciones tomadas en actas y acuerdos de las reuniones denominadas de negocios (Asambleas ordinarias y extraordinarias). Estas deben delimitar las relaciones sociales para la equidad y la participación de todos los que hacen la comunidad eclesiástica. Estás normas comunitarias fácilmente se dejan de lado ante el “iluminismo” manifestado en la frase “la Asamblea es la máxima autoridad de la iglesia” tendiéndose a atropellar el Estatuto, el reglamento, resoluciones de cuerpos colegiados y el trabajo de comisiones que bajo este pretexto soslayan el trabajo de los otros miembros desde la tiranía de la votación de la mayoría[14].

El congregacionalismo debe fundamentarse en el Contrato Social de la iglesia local; el acuerdo de toma de decisiones que respeta a su vez las leyes del Estado, así el Estatuto y el Reglamento interno de la iglesia, las normativas del trabajo de las comisiones deben ser respetados retomando el sentido de membresía a una comunidad de iguales donde no hay propietarios.

Los directivos son mayordomos encomendados por la comunidad para cumplir determinadas funciones administrativas y de representación ante el Estado. No son jefatura del Pastor, quien muchas veces se ve impelido por los directivos a impulsar sus proyectos pastorales. Sin embargo el pastor tampoco es jefatura de los directivo y debe ser receptivo a las decisiones de un cuerpo elegido para administrar. Claramente estamos hablando de iglesias que tienen su reconocimiento ante el Estado, las iglesias congregacionales que fueren fruto de otros procesos misionales, de igual manera deben sustentarse en un congregacionalismo que respete la ley y las normas de participación y equidad buscando su regularización y reconocimiento ante el Estado. Iglesias no congregacionales solo suelen necesitar el registro ante el Estado de la organización que abarca a las iglesias (denominación), mientras que las iglesias congregacionales, por su naturaleza deben buscar obtener un registro individual para cada iglesia.

El congregacionalismo no desconoce la autoridad del pastor, se fundamenta en el llamado del creyente a asumir sus roles, los miembros de la comunidad, entre ellos el pastor que en su llamado cumple un rol fundamental en el congregacionalismo; el ministerio pastoral es nombrado por la Asamblea de la iglesia, en estos procesos generalmente suelen nombrarse comisiones de púlpito para que dirijan el proceso, estableciendo requisitos y dirigiendo la pastoral mientras se encuentra el pastor. Las Asamblea no puede desconocer este trabajo por lo que su tarea es la de aceptar o no la recomendación hecha por la comisión. Sin embargo estos procesos suelen ser modificados por el mismo iluminismo, “la Asamblea es la máxima autoridad de la iglesia”, los procesos son anulados cuando las personas elegidas no son “convenientes” a los intereses de facciones.

Las iglesias congregacionales no son iglesias de propietarios, son de la comunidad que se congrega libremente; la Asamblea es la máxima autoridad de la iglesia local, pero esta debe respetar el Contrato Social dado por las normativas del Estado, los acuerdos de trabajo de las directivas, cuerpos ministeriales y comisiones que en las Asambleas dan los respectivos informes de sus trabajos.

Las iglesias congregacionales son comunidades vivas, atentas a las realidades sociales para en comunidad participar de planes de evangelismo y misión para atender las realidades sociales, no son clubes con membresías selectas, que en sus juntas deciden a conveniencia de la minoría que obtuvo el cargo, generando una contradicción ya que al ser electos por mayorías, se convierten en una minoría con poder de decisión.

La directiva de la iglesia, los diáconos, la membresía que forma la Asamblea deben ser acompañantes del ministerio pastoral, el pastor servicial lidera la iglesia local, no como jefatura, sino como siervo: guía, alimenta, acompaña a sus hermanos que buscan de Dios, y en su responsabilidad asume de puente, de relación entre los hermanos de la iglesia y Dios, a su vez enseñando a otros a ser puentes para acercarlos a Dios.

¿De dónde salió la iglesia congregacional de propietarios?, ¿quién dijo que la antigüedad por asistir en la iglesia genera derechos fundadores?, ¿quién le dio el título de propiedad al hermano o hermana que con su “ofrenda” direcciona decisiones directivas y hasta del pastor?, ¿quién convirtió a estos pocos en propietarios de la doctrina?

Las disciplinas sociales nos permiten leer los males de la iglesia evangélica congregacional, a fin de cuentas las personas son parte de la sociedad que tienden a olvidar su llamado de ser luz y sal no dentro de paredes (templos) sino en la sociedad, sin embargo aún dentro de los templos la luz se apaga y deja de dar sabor la sal. Lamentablemente dentro de la iglesia se reproducen categorías de dominación y exclusión que se manifiestan en las “Asambleas congregacionales”, muchas veces las participaciones ásperas e interesadas de los “hermanos” ofenden, la mala dirección de quienes presiden la reunión sin normas mínimas de conducción de una Asamblea complican el tratamiento de los temas.

Creemos en el modelo congregacional, sin embargo debemos aún recordar que hay intereses que mueven a las personas dentro de las iglesias locales, somos personas caídas, las pretensiones de prestigio, poder y autoridad sobre otros aún se mantiene en algunos campos religiosos, olvidamos que el hijo del hombre no vino para ser servido. En sus palabras y en escarmiento a sus discípulos Jesús dijo: “Mas entre vosotros no será así, sino que el que quiera hacerse grande entre vosotros será vuestro servidor” (Mateo 20.26).

Por una iglesia congregacional donde todos y todas asumamos nuestros roles, donde el pastor es uno más en la comunidad sirviendo a Dios que no ve, mientras sirve a los hombres y mujeres que ve. Donde la única propiedad de los hermanos y hermanas a reclamar sea la gracia otorgada por Dios para ser sus hijos.

Notas:

[1] Estatuto, reglamento interno, acuerdos de funcionamiento, entre otros que varían en relación a cada país.
[2] Las iglesias congregacionales suelen tener un pastor principal, un co-pastor y pastores asociados acorde las necesidades de la iglesia, estos nombres suelen cambiar dependiendo el tipo de denominación.
[3] El capital es un concepto fundamental de la teorización de Pierre Bourdieu, alude a las construcciones simbólicas que le permiten a un sujeto obtener prestigio. El capital se encuentra relacionado con el campo, el cuál es el espacio de lucha donde el prestigio cuenta para acceder a relaciones de control.
[4] Michel Foucault teoriza alrededor del sujeto y las relaciones de poder en las que se encuentra inmerso, la mayoría de su producción académica como el menciona en “El sujeto y el Poder” (1988), no es en relación a los fenómenos del poder sino sobre la subjetivación del sujeto. 
[5] Las iglesias no congregacionales con otras formas de gobierno también comprenden la revelación bíblica desde lo comunitario, pero su forma de gobierno es de cuerpos colegiados que dirigen el rumbo de la iglesia denominación.
[6] Se debe diferenciar la asamblea (ekklesía) de hermanos para el culto, de la asamblea de hermanos interesados en participar en las reuniones de negocios o administrativas que llevan también el nombre de Asamblea sin su traducción de connotación religiosa, es decir iglesia.
[7] Un importante aporte en este sentido  lo desarrolla Suzanne Tunc, al describir las funciones de las mujeres después de la ascensión de Jesús, así por ejemplo: Junías, Prisca (Priscila. llama la atención que es nombrada antes que su pareja, lo que denota que el cargo lo ejercía ella en la comunidad), Trifena, Trifosa, Pérside, Evodia, Síntique, Ninfa, entre otras mujeres que se mencionan en los relatos del primer siglo, todas ellas tenían roles que iban desde la misión evangelizadora, la predicación o incluso el de “ministro” tal es el caso de Febe que se la presenta como diakonos, desde la acepción esclavos – ministros, aunque de igual manera se la presenta como prostatis, que expresa una posición de presidir la asamblea de creyentes desde la pastoral (Tunc. 1998. p.98).
[8] 2 Timoteo 5:17 destaca la importancia y la diferencia de quienes dentro de la iglesia se encargan de predica y enseñar que dentro de los roles u oficios ministeriales son asumidos por quien ejerce el cargo de Pastor.
[9] Una definición relativa a las ciencias políticas acuñada por Alexis Tocqueville (1835) en reflexión de la democracia insipiente norteamericana y uno de los peligros recogidos por la máxima, al hablar del proceder tiránico de la mayoría.
[10] Muchas veces desde la falacia “En la Biblia dice” donde claramente las reuniones de Asamblea tiene un orden que es dado por enfoques culturales judeo-greco-romanos.
[11] La dominación sobre otros es parte esencial de la obtención del poder, en esta línea podemos seguir a Max Weber quien describe los diferentes tipos de dominación.
[12] Vale mencionar que en nuestro país, por ley expresa hay una prohibición de que el Pastor principal o general sea a su vez el representante legal, al estar por ley no se da por prevención sino por la existencia de hechos dolosos.
[13] “El contrato social”, o los principios del derecho político, escrito por Jean Jacques Rousseau en 1762 establece la importancia de establecer parámetros desde el Estado para garantizar la igualdad y la equidad, en la actualidad “El contrato social” es el acuerdo entre iguales sobre la forma de hacer las cosas en espacios de comunidad, las iglesias y denominaciones están sujetas al Estado, a su normativas y acuerdos.
[14] La idea de que la democracia es la “tiranía de las mayorías sobre las minorías” es de Alexis de Tocqueville (1805-1859) postura retomada por varios autores de las ciencias políticas, para que esto no se dé, las mayorías solo operan a través de un contrato social que no debe ser vulnerado. Como caso de estudio, el ecuatoriano que en una consulta popular donde era obvio la imposición de las mayorías se dejó de lado el contrato social (la Constitución) para vulnerar derechos e instaurar un régimen plutocrático.


Sobre el autor:

Ronald Rivadeneira es Licenciado en Antropología Aplicada, Magister en Estudios Sociales con mención en Sociología. Es pastor Bautista desde hace 19 años, ex Decano del Seminario Bautista del Ecuador Facultad Quito. Actualmente es Presidente de la Asociación de Iglesias Bautistas de Pichincha y miembro del Comité Ejecutivo de la Convención Bautista Ecuatoriana.


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